REVALORIZACIÓN DE
LAS PENSIONES ESPAÑOLAS DEL 2012 y 2013: UNA APLICACIÓN IMPLÍCITA DEL FACTOR DE
SOSTENIBILIDAD
REVALUATION OF SPANISH
PENSIONS OF 2012 AND 2013: A COVERT APPLICATION OF A SUSTAINABILITY FACTOR
Manuela Bosch Príncep[1]
Profesora titular de
Daniel
Vilalta de Miguel
Ingeniero. Consultor de Pensiones
Independiente. España
Isabel
Morillo López
Profesora titular de
Oriol Roch Casellas
Profesor lector de
Resumen
La reforma del
sistema de
Este trabajo pone
de manifiesto que, con la revalorización de las pensiones para el año 2012 y
2013 fijada en el Real Decreto-ley
28/2012 y el Real Decreto-ley 29/2012, el Gobierno ha aplicado de forma
implícita un factor de sostenibilidad sobre las pensiones ya causadas, basado
en variables demográficas y económicas.
Palabras clave
Sistema público de pensiones; Reformas paramétricas; Factor
de sostenibilidad.
Abstract
The reform of
The
objective of this paper is to describe the Spanish Government's silent and
covert application to the revaluation of current pensions during 2012 and 2013
of a sustainability factor linked to demographic and economic variables.
Keywords
Public pension system; Spanish
parametric reforms; Sustainability factor.
1. Introducción
La bibliografía
relacionada con los modelos de factor de sostenibilidad distingue entre
aquellos que afectan, exclusivamente, a los futuros jubilados de los que afectan a
los jubilados actuales. En el primer supuesto, el factor de sostenibilidad se
vincula a la determinación de la pensión inicial, mientras que en el segundo
caso revierte en la revalorización de las pensiones. En este estudio se toman
como referencia los trabajos de Börsch-Supan et al. (2003), De las Heras, A. (2011), Devesa et al. (2012a) y una versión posterior de este último, Devesa et al. (2012b).
Por otra parte, la normativa española
publicada hasta el momento[2]
explicita que el factor de sostenibilidad está ligado a la evolución quinquenal
de una variable demográfica que es la esperanza de vida a los 67 años, a partir
de un año base de aplicación. El factor así definido tiene sentido que se
aplique en el momento en que se calcula la pensión y según Devesa et al. (2012b) puede vincularse a: a) la
edad de jubilación, b) los años cotizados y/o c) la cuantía de la pensión
inicial. La aplicación de dicho
factor, sin embargo, no tiene sentido en las pensiones ya causadas, pues
supondría que cada generación de jubilados tendría una revalorización de la
pensión distinta.
El objetivo de
este trabajo es doble: en primer lugar, pretendemos analizar cuál habría sido
la revalorización de las pensiones correspondiente al año 2013 de haber
aplicado de forma automática el factor de sostenibilidad asociado a las
revalorizaciones propuesto en Devesa et al. (2012b) y en Börsch-Supan
et al. (2003). En segundo lugar, el proceso
que seguimos es en orden inverso, es decir, a partir de la revalorización de
las pensiones fijada por el Gobierno para 2013, calculamos un factor de
sostenibilidad basado en los dos modelos teóricos, aplicable sobre un
hipotético IPC real a final del mismo año. Si finalmente ocurriera como en el
año 2012, que la revalorización de las pensiones se situó por debajo del IPC
real del año[3] (2,90%), en nuestro enfoque planteamos que la financiación de la mencionada
revalorización no correrá a cargo, exclusivamente, de los cotizantes sino
también a cargo de los pensionistas. Los pensionistas pierden la diferencia
entre el porcentaje de IPC real del año y el porcentaje de la revalorización
fijada por el Gobierno y, por tanto, dejan de percibir el importe
correspondiente a la mencionada diferencia.
Una
vez hemos llevado a cabo el doble objetivo concluimos que una revalorización de
las pensiones distinta a la fijada en el artículo 48 del Real Decreto
Legislativo 1/1994[4] lleva implícita la
aplicación de un factor de sostenibilidad.
La estructura
del presente trabajo se divide en cinco secciones. En
2. Modelos teóricos del factor de
sostenibilidad
Los modelos
teóricos que se analizan en esta sección son el de Devesa et al. (2012b) para el caso español y el
de Börsch-Supan et al. (2003) para el
caso alemán. El factor de sostenibilidad, en ambos modelos, afecta a la
revalorización de las pensiones ya causadas de manera que el importe de la
pensión revalorizada se corrige mediante un factor que recoge la evolución de
la relación entre cotizantes y pensionistas.
A partir del trabajo de Devesa et al. (2012b), la pensión de jubilación
se revaloriza al comienzo del año en función del
correspondiente índice de precios al consumo previsto para dicho año
y el factor de
sostenibilidad se aplica siguiendo la expresión:
[1]
siendo:
Pensión anual de
jubilación al inicio del año t
Pensión anual de
jubilación al inicio del año t-1
Incremento
previsto del IPC para el año t
Número de
cotizantes al final del año t-1
Número de
cotizantes al final del año t-2
Número de pensionistas
al final del año t-1
Número de
pensionistas al final del año t-2
Grado
de vinculación, siendo un valor entre [0,1]
Factor de
sostenibilidad
El
grado de vinculación es un parámetro
indicativo de cómo se reparte el coste de la revalorización de la pensión, es
decir, si recae sobre los pensionistas o sobre la fuerza laboral. Así pues, si
, entonces el factor de sostenibilidad toma valor unitario y
las pensiones se revalorizan siguiendo el incremento del IPC, con lo cual su
financiación queda a cargo de los cotizantes. Para valores intermedios del
parámetro
, el coste de la revalorización será asumido, en mayor o
menor medida, por ambos colectivos. Los cotizantes financian la revalorización
de las pensiones mientras que los pensionistas no perciben la totalidad del
incremento del IPC y la diferencia es la parte que asume dicho colectivo.
Finalmente, si
, el coste recae sobre los pensionistas ya que la pensión no
se revaloriza.
El
trabajo de Börsch-Supan et al. (2003)
incorpora la aplicación de distintos factores en la fórmula de indexación de
las pensiones alemanas. De entre los factores considerados destacan el factor
demográfico o de longevidad, el factor de dependencia de la gente mayor, el
factor salarial y finalizan con el factor de sostenibilidad propiamente dicho,
cuya formulación matemática se detalla en la expresión:
[2]
siendo:
Pensión
anual de jubilación al inicio del año t [5]
Pensión anual de
jubilación al inicio del año t-1
Incremento
del salario medio bruto del año t-1
Número de
cotizantes al final del año t-1
Número de
cotizantes al final del año t-2
Número de
pensionistas al final del año t-1
Número de
pensionistas al final del año t-2
Grado
de vinculación, siendo un valor entre [0,1]
: Factor de sostenibilidad
Börsch-Supan
et al. (2003) justifican un porque es el que
posibilita que el tipo de cotización global a
Dado
que el objetivo principal del factor de sostenibilidad es contribuir a
garantizar la solidez financiera del sistema público de pensiones, su
aplicación tiene sentido, únicamente, cuando minora la revalorización de la
pensión de un año. O dicho de otro modo, la aplicación de un factor de
sostenibilidad, en los dos modelos, tiene sentido cuando la revalorización de
la pensión obtenida otorga al pensionista una cuantía al menos idéntica a la
del año anterior y como máximo la correspondiente al incremento que haya
experimentado el IPC del año en curso.
Así,
en ambos modelos, cuando la ratio entre cotizantes y pensionistas aumenta de un
año a otro, la aplicación del factor de sostenibilidad no tiene sentido, puesto
que daría lugar a un factor superior a 1, independientemente del grado de
vinculación, y la revalorización de las pensiones se situaría por encima del
índice de precios al consumo. Asimismo, cuando la ratio entre cotizantes y
pensionistas disminuye, tampoco tiene sentido la aplicación del factor de
sostenibilidad para aquellos grados de vinculación que implicaran un factor que
contrarrestara en exceso el incremento del
índice de precios al consumo, obteniendo una reducción de la pensión
respecto la del año anterior.
3. Aplicación de
modelos teóricos del factor de sostenibilidad en el caso español
En esta sección aplicaremos el factor de
sostenibilidad de las ecuaciones [1] y [2] en el caso español.
La relación entre cotizantes y pensionistas
juega un papel importante en los dos modelos de factor de sostenibilidad
estudiados en este trabajo, por lo tanto, analizamos la evolución de la ratio
de cotizantes respecto de pensionistas desde el año 2004 hasta la actualidad.
Gráfico 1: Ratio de
cotizantes (con y sin desempleados) respecto a pensionistas
Fuente: Memoria
Tesorería General de
Como se puede apreciar en el gráfico 1, la
ratio es creciente hasta el año 2007 y desde dicha fecha, coincidiendo con la
crisis económica, pasa a decrecer. En él, se distinguen dos supuestos: el
primero con la incorporación del colectivo de desempleados que están cobrando
prestación y, por tanto, con obligación de cotizar, y el segundo, donde dicho
colectivo no se incorpora para configurar el número total de cotizantes. Los
cálculos realizados en este trabajo incluyen la población de desempleados pues
se considera que reflejan en mayor medida la cifra real del total de cotizantes
del sistema.
Nótese
que las previsiones de 2013 se hacen a finales de 2012 y en aquel momento la
información disponible corresponde a 31 de diciembre de 2012 y de 2011. La
ratio de cotizantes respecto de pensionistas para el año 2012 es de 2,1435[6] (incluido el
colectivo de desempleados). Para el año 2011 la misma ratio toma el valor de
2,2411. A partir de estos valores, los factores de sostenibilidad que se
obtienen de las ecuaciones [1] y [2] son
los que se detallan en la tabla 1:
Tabla 1: Factor de sostenibilidad
Se
observa que los resultados son muy parecidos para cualquier grado de
vinculación en ambos modelos. Los mismos resultados los representamos mediante
el gráfico 2, donde podemos apreciar que las diferencias son un poco mayores a
partir de determinado nivel de vinculación.
Gráfico 2: Factor de
sostenibilidad
Los
trabajos de referencia toman como grado de vinculación adecuado . Con dicho grado de vinculación elegido, la carga financiera
del incremento de pensión se distribuye entre los actuales cotizantes y los
actuales pensionistas.
Si
se considera que el incremento del IPC real para 2013[7] acaba siendo el mismo que para 2012, es decir, el 2,90%, podríamos
calcular la revalorización efectiva de las pensiones teniendo en cuenta el
factor de sostenibilidad de la tabla 1. Bajo el supuesto de un grado de
vinculación del , las pensiones durante 2013 deberían incrementarse en un 1,76%,
resultado de efectuar la operación 98,89% · (1+2,90%) -1, siguiendo el modelo
Devesa et al. (2012b). Sin embargo,
partiendo del modelo Börsch-Supan et al.
(2003) para el mismo nivel grado de vinculación
, el incremento de pensión resultaría del 1,73% como
resultado de efectuar la operación 98,86% · (1+2,90%) -1.
Si
se analiza el reparto del coste de la revalorización, en Devesa et al. (2012b) los cotizantes
financiarían la revalorización llevada a cabo, es decir el 1,76%, mientras que
los pensionistas soportarían la diferencia respecto del 2,90%, es decir el
1,14%. En Börsch-Supan et al. (2003)
los cotizantes financiarían la revalorización calculada, es decir, el 1,73%,
mientras que los pensionistas soportarían la diferencia respecto del 2,90%, es
decir el 1,17%. El reparto porcentual del coste queda resumido en la tabla 2.
Tabla 2: Reparto del
coste de la revalorización de las pensiones entre cotizantes y pensionistas
para 2013
Para finalizar esta sección
analizamos qué sucedería si finalmente el incremento del IPC al final de 2013
no fuera exactamente del 2,90%. Por ello, estudiamos cuál sería la
revalorización de las pensiones para el mismo grado de vinculación y, en
consecuencia, para el mismo factor de sostenibilidad bajo distintas hipótesis
de incremento de IPC a final de 2013. Los resultados obtenidos del análisis de
sensibilidad nos indican que el factor de sostenibilidad afecta en mayor medida
a los incrementos de IPC más pequeños. La revalorización de la pensión resultaría
más pequeña porcentualmente si el IPC es inferior al 2,90% y mayor en caso
contrario.
Tabla 3: Análisis de sensibilidad del incremento del IPC en
el reparto del coste entre cotizantes y pensionistas
4. La
revalorización de las pensiones españolas tras el Real Decreto-ley 28/2012 y el
Real Decreto-ley 29/2012
El
artículo 48 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se
aprueba el Texto Refundido de
a) La pensión de jubilación se revaloriza
al comienzo de cada año, en función del índice de precios al consumo previsto
para dicho año.
b) Si el índice de precios al consumo
acumulado, correspondiente al período comprendido entre noviembre del ejercicio
anterior y noviembre del ejercicio económico al que se refiere la
revalorización, fuese superior al previsto, se procede a la correspondiente
actualización abonando la diferencia en un único pago, antes de abril del
ejercicio posterior.
Los
recientes Real Decreto-ley 28/2012 y Real Decreto-ley 29/2012[8] fijan que 2012 es
el año en que, por primera vez, durante el mes de abril siguiente (2013) no va
a existir compensación por la pérdida de valor adquisitivo a los pensionistas
existentes. Los dos Real Decreto-ley exponen que se obliga, con carácter de
extraordinaria y urgente necesidad, a dejar sin efecto la actualización de las
pensiones en el ejercicio 2012 y a suspender la revalorización de las pensiones
durante
Fijado
el incremento de las pensiones en un 1,75% y a partir de los datos sobre
pensionistas y cotizantes disponibles, podemos calcular el grado de vinculación
para la ecuación [1]:
Para
hacer equiparables los modelos de Devesa et
al. (2012b) y el de Börsch-Supan et
al. (2003), en la ecuación [2] sustituimos el incremento del salario medio
real por el incremento del IPC. En este caso, el grado de vinculación obtenido es:
El
factor de sostenibilidad, para los grados de vinculación obtenidos en los
respectivos modelos, es del 98,88%. Nótese que el grado de vinculación
implícito en la revalorización de las pensiones para el ejercicio 2013
concuerda con los considerados en los trabajos de referencia.
Como
resultado, los cotizantes financian el 1,75% de la revalorización mientras que
los pensionistas corren a cargo con el restante 1,15%. Porcentualmente, los
cotizantes financian el 60,35% y los pensionistas el 39,65%.
5. Conclusiones
La
decisión tomada por el Gobierno en relación al incremento de las pensiones para
2012 y 2013 se traduce, desde nuestro punto de vista, en la aplicación de un
factor de sostenibilidad que minora el importe de la pensión que permite
mantener el poder adquisitivo a los actuales pensionistas, según lo establecido
en el artículo 48 del Real Decreto Legislativo 1/1994.
Se trata pues, de un factor de
sostenibilidad que si bien la legislación vigente no lo especifica de igual
manera que lo hace cuando habla de un factor de sostenibilidad vinculado a la
esperanza de vida a los 67 años, sí opera y actúa como tal. No se trata pues,
de una aplicación de forma expresa sino de forma implícita que afecta a las
pensiones ya causadas.
Para el correcto funcionamiento del factor
de sostenibilidad según Jiménez (2013) es requisito que las reglas de actuación
sean públicas y conocidas, con lo que, la correcta información al ciudadano es
imprescindible. El planteamiento aquí expresado queda lejos del requisito
fijado.
Fecha de
recepción del artículo: 12 de abril de
2013
Fecha de aceptación definitiva: 6 de mayo de 2013
Bibliografía
[1] Börsch-Supan, A.; A.
Reil-Held y C.B. Wilke (2003): How to make a Defined Benefit System Sustainable: ”The
sustainability Factor” in the German Benefit Indexation Formula. MEA Discussion Paper, nº 037-03.
[2] De las Heras Camino, A. (2011): “El factor de Sostenibilidad y el
diseño de los actuales Sistemas Públicos de Pensiones”. Revista de
[3] Devesa Carpio, J.E.; M. Devesa Carpio; I. Domínguez Fabián; B.
Encinas Goenechea; R. Meneu Gaya y A. Nagore García (2012a): El factor de sostenibilidad en los sistemas
de pensiones de reparto: alternativas para su regulación en España. Trabajo
presentado en XV Encuentro de Economía Aplicada, celebrado en A Coruña. 7 - 8
de junio de 2012.
[4] Devesa Carpio, J.E.; M. Devesa Carpio; I. Domínguez Fabián; B.
Encinas Goenechea; R. Meneu Gaya y A. Nagore García (2012b): “El factor de
sostenibilidad en el sistema de pensiones español: regulaciones alternativas y
efecto sobre los jubilados”. Actuarios,
nº 31. Otoño.
[5] Instituto
Nacional de
[6] Jiménez, S. (2013): La reforma
del sistema de pensiones: el factor de sostenibilidad. [Consulta el 10 de
marzo de 2013]. Disponible en http://www.fedeablogs.net/economia/?p=28792.
[7] Tesorería General de
[1] Dirección
electrónica de correspondencia: manubosch@ub.edu
[2] Artículo 8 de
[3] De noviembre de
[4] Artículo 48, Real
Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto
Refundido de
[5] La determinación de
la pensión en el momento de la jubilación está en función del conocido “Sistema de Puntos”. Llegado el momento
de la jubilación, el número de puntos acumulado depende de las características
individuales de cada individuo mientras que el valor del punto varía año a año
siendo de idéntica cuantía para cada uno los pensionistas. La indexación del
valor del punto está en función de la evolución de los salarios medios de la
población. Desde 2001, la evolución de los salarios brutos medios se ve
afectada por un factor de ajuste cuyo valor depende, a su vez, de las
contribuciones por parte del empleado a planes privados individuales y de
empresa. Dicha modificación forma parte de las reformas impulsadas por W.
Riester, ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en Alemania durante el periodo
1998-2002, y por ello conocidas bajo el nombre de “reformas de Riester”.
[6] Aunque aquí expresemos la ratio redondeando a cuatro decimales, a efectos de cálculo se trabaja con todos los decimales. En adelante, tomaremos el mismo criterio para expresar los cálculos realizados.
[7] De noviembre de
[8] Real Decreto-ley
28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema
de