Pedro
Valverde Caramés
Jefe de Área del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de
1. Introducción
En el presente artículo
se trata el problema de la carencia de información sobre el tiempo trabajado
efectivo vinculado a la percepción de rentas salariales existente en las
fuentes estadísticas fiscales. Como se verá, sin esta información no es posible
abordar un correcto análisis de la distribución personal de las rentas del
trabajo. Se plantea entonces la utilización de
Por último, se definen de manera formal las posibles
alternativas para cuantificar una “Retribución Media” en función de la
información disponible y los distintos valores que para 2008 se podrían
obtener. El presente artículo es un ejemplo de la riqueza de análisis existente
en la combinación de fuentes estadísticas distintas pero complementarias entre
sí.
2. El origen de la cuestión
La
principal fuente estadística para el estudio de la distribución personal de las
retribuciones salariales es el denominado Modelo
190 -“Resumen anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF sobre
Rendimientos de Trabajo, de determinadas actividades económicas, premios y
determinadas imputaciones de renta”, declaración anual que presentan, ante
Las
características principales de esta declaración serían las siguientes:
Ø Obliga a todas las
entidades que pagan salarios, pensiones o prestaciones por desempleo con
independencia de su personalidad, su actividad, la dimensión o el carácter
público o privado de las mismas. No posee ningún supuesto de exención en la
obligación de declarar.
Ø Proporciona
información exhaustiva y muy detallada al recoger todas y cada una de las
rentas satisfechas.
Ø Con carácter
general, en la declaración correspondiente a cada ejercicio se relacionarán la
totalidad de las percepciones satisfechas o abonadas por la persona o entidad
declarante cuyo devengo o exigibilidad se haya producido en dicho ejercicio.
Ø Permite clasificar
la distinta naturaleza de las retribuciones en ella declaradas según sean
retribuciones salariales, rendimientos de actividades económicas, pensiones,
prestaciones por desempleo etc.
Ø La información es,
para todos los casos, de carácter anual; para el caso de rendimientos del
trabajo se carece de las fechas de comienzo y finalización del empleo
correspondiente a cada retribución.
Cuando
se analiza la información que sobre retribuciones salariales anuales se obtiene
de la explotación estadística de este modelo se observa, en todos los
ejercicios, la existencia de un porcentaje estadísticamente muy significativo
de retribuciones muy bajas.
Dicho en otros términos, se constata la existencia de una
proporción muy elevada de trabajadores por cuenta ajena cuyas retribuciones son
muy inferiores a la retribución media
anual del ejercicio.
Así,
por ejemplo, según los datos del ejercicio 2008, de los 18.310.627 individuos
perceptores de rentas del trabajo, aproximadamente un 17% tenían una
retribución anual menor o igual a 5.000 euros y un 15% unas retribuciones
anuales comprendidas entre 5.000 y 10.000 euros, para una retribución media
anual de 18.996 euros. En contraste, el intervalo de 55.000 euros anuales en
adelante retiene únicamente al 3,5% del conjunto poblacional. Esto puede verse claramente en el Gráfico 1, donde se muestra la
distribución de la población por tramos de retribución anual según la
información proporcionada por el Modelo 190 correspondiente al ejercicio 2008.
Gráfico 1. Distribución de las retribuciones salariales anuales 2008.
El objetivo del presente artículo es explicar la existencia
de esos porcentajes tan altos de trabajadores por cuenta ajena con
retribuciones en términos anuales muy inferiores a la media.
Como ya se ha indicado, la información sobre las
retribuciones anuales proviene del Modelo 190 correspondiente a cada ejercicio.
Dicho modelo contiene la totalidad de las percepciones satisfechas o abonadas
por la persona o entidad declarante cuyo devengo o exigibilidad se haya
producido en el ejercicio correspondiente.
De acuerdo con lo anterior, se conoce el importe integro
anual de las percepciones dinerarias y en especie efectivamente satisfechas y,
por tanto, la cuantía en términos anuales de las retribuciones que cada
trabajador percibe.
Ahora bien, dicho importe referido a las retribuciones
obtenidas a lo largo de un año natural no implica en modo alguno que el
trabajador haya estado en alta laboral el año completo y, en consecuencia,
puede no haber una correlación temporal entre el tiempo efectivamente trabajado
y aquél al que se refiere el modelo.
Si un trabajador a lo largo del año natural trabaja sólo
una fracción del mismo y la percepción obtenida se entiende como devengada en
el año natural, se explicaría que se tuviesen retribuciones salariales bajas en
términos anuales. En cualquier caso, dilucidar si un trabajador que tiene unas
retribuciones anuales muy bajas, las tiene debido a que el salario percibido es
bajo, o bien a que no ha trabajado el año completo, o a una combinación de
ambos factores a la vez, no se puede hacer únicamente con la información
proporcionada por el Modelo 190.
Se hace necesario tener una información más detallada de la
vida laboral del trabajador a lo largo del ejercicio a estudio, de tal forma
que se puedan vincular las retribuciones obtenidas en el año natural, con la
fracción de la jornada anual efectivamente desempeñada por el trabajador.
Dicha información de naturaleza laboral está contenida en
A través de
Esto permite estudiar a los trabajadores en términos de
retribuciones y del período de tiempo –efectivo- en el que ha obtenido dichas retribuciones
de forma conjunta, con lo cual el análisis tiene en cuenta una perspectiva
temporal de la que carece si únicamente se tiene en cuenta la información de
carácter fiscal.
La
población a estudio y a la cual se pretende extender los resultados obtenidos
estaría formada por el conjunto de trabajadores por cuenta ajena perceptores de
rentas con clave A (Rendimientos del trabajo) del Modelo 190 en el ejercicio 2008.
Para la realización de este análisis se ha seleccionado,
del total de
Por tanto, el conjunto a análisis estará formado por aquellos trabajadores presentes en
Llegados a este punto es necesario precisar que no se van a
tener en cuenta aquellos otros regímenes -como el Régimen Especial Agrario, de
Trabajadores del Mar o del Hogar- que también encuadran trabajadores por cuenta
ajena, por entenderse que el Régimen General es un marco suficientemente amplio
para los fines de este trabajo. Implícitamente se parte de la hipótesis
simplificadora de que toda relación laboral por cuenta ajena que da lugar a su
correspondiente registro en el Modelo 190 con la clave A proviene del Régimen
General, y que cada registro en el Modelo 190 clave A tendrá origen en una
relación laboral del Régimen General.
Se
entiende que el conjunto de análisis es una réplica a escala de la población a estudio, población de
perceptores de rentas del trabajo en 2008 sujetos a retención con la clave A en
el Modelo 190, aun cuando no es una muestra obtenida de forma directa de esta
población.
El
conjunto muestral, subconjunto obtenido del
Dado
que el conjunto de trabajadores por cuenta ajena en 2008 según el Modelo 190
clave A -colectivo de referencia para este estudio- suman un total de
19.310.627, la fracción de muestreo es del 3,4%.
La siguiente tabla compara los valores, para el colectivo
total y para la muestra, de la distribución por sexos y de la variable Retribución anual media.
Tabla 0. Comparativa entre muestra y población
|
Colectivo a estudio (N) |
Muestra (n) |
f=(n/N) fracc. muestreo |
Error relativo (N-n)/N |
Número total de elementos |
19.310.627 |
659.253 |
3,41% |
* |
Hombres |
10.907.824 |
366.292 |
3,36% |
* |
Mujeres |
8.402.803 |
292.961 |
3,49% |
* |
% hombres s/total |
56,49% |
55,56% |
* |
1,64% |
% mujeres s/total |
43,51% |
44,44% |
* |
-2,12% |
Salario medio anual para el total(€) |
18.996 |
18.541 |
* |
2,40% |
Salario medio anual hombres(€) |
21.596 |
21.195 |
* |
1,86% |
Salario medio anual mujeres(€) |
15.620 |
15.219 |
* |
2,57% |
|
|
|
|
|
Como se puede observar, los errores relativos que se
cometen al tomar los valores muestrales en lugar de los poblacionales son, para
la proporción de sexos del orden del 2% y para el cálculo de la retribución
anual media del orden del 2,5%.
A diferencia de la población a estudio, el conjunto
muestral tiene asociado para cada uno de los elementos que lo conforman el
número de días en alta a lo largo del año 2008, variable obtenida del Fichero
de Afiliación de
Para cada trabajador de la muestra se conoce el número de
días que ha estado de alta en el Régimen General, en todas las relaciones
laborales que haya tenido, a lo largo de 2008. Se conoce por tanto las jornadas
de trabajo efectivas realizadas en el ejercicio a estudio así como la
estructura de reparto de esas jornadas.
En este
trabajo se asimila cada “día en alta laboral” como un día de trabajo efectivo,
jornadas que están cotizadas y retribuidas, haciéndose abstracción de
vacaciones, permisos, licencias y demás situaciones en que un trabajador en
alta laboral no acuda a su puesto de trabajo.
Para interpretar correctamente esta última variable es
necesario tener en cuenta que un determinado trabajador puede tener varias
relaciones laborales simultáneas, esto es, en un mismo día de trabajo puede
estar de alta en más de una relación laboral. La suma aritmética del número
total de días en alta puede, por ello, ser mayor de 365 para cualquier
trabajador de la muestra. Para evitar las distorsiones que esto podría causar
se ha tomado el siguiente criterio de contabilización de días trabajados,
formalmente expresado como:
I j(xi)=1 si el día el trabajador j-ésimo ha estado de alta (en
una o más relaciones laborales)
I j(xi)=0 si el día el trabajador j-ésimo
no ha estado de alta.
Dj=∑ I j(xi) i=1,2....365 número total de
días trabajados por el trabajador j-ésimo,
verificándose que 1 ≤ Dj ≤
365 j=1,2.....n
Se
asigna a cada día del año el valor 1 si ese día el trabajador está en alta
laboral -independientemente del número de relaciones laborales que tenga ese
día- y 0 si no ha estado de alta. El sumatorio de esta variable índice I(x) extendido a los 365 días del
año permite saber el número de días exactos en alta.
Tj= Dj/365 Tasa de
Ocupación anual para el trabajador j-ésimo,
representa la proporción de la jornada anual que ha estado en alta efectiva el
trabajador.
Una vez
que se conoce para cada trabajador de la muestra el número de días en alta en
2008 Dj, se puede calcular la
retribución por cada día de trabajo como sigue:
Rdj=[∑ Retjk]/ Dj k=1,2.. donde Retjk
es la retribución anual que
percibe el trabajador j-ésimo en cada
una de sus k relaciones laborales en
2008, es por tanto el total de sus retribuciones consignadas en el Modelo 190
clave A.
La obtención de la variable Rd j : Retribución/día
que permite comparar homogéneamente a los distintos trabajadores de la
muestra eliminando el efecto distorsionante de las jornadas efectivas de
trabajo, que sí se debería tener en cuenta al comparar retribuciones anuales.
En el
año 2008 la jornada anual media ha sido de 291 días de trabajo, lo que supone
el 79,7% de tasa media de ocupación anual. De ahí se deduce que un 20% de la
jornada potencial total de trabajo ha quedado vacante a lo largo del ejercicio
estudiado. La retribución media por cada día de trabajo para el conjunto del
colectivo es de 63,7 euros.
Desagregando
en tramos de retribución Anual, Tabla 1,
se puede estudiar cómo se distribuye la población a estudio y obtener las tasas
de ocupación anual y la retribución media por día.
Tabla 1.
Distribución según tramos de Retribución anual.
Tramos Retribución Anual |
Distribución. (%) |
Días medios en alta |
Retr.media diaria |
Tasa de
ocupación(%) |
(0-5.000] |
17,04% |
107,59 |
40,64 |
29,48% |
(5.000-10.000] |
14,99% |
246,03 |
43,24 |
67,41% |
(10.000-15.000] |
18,18% |
323,33 |
46,91 |
88,58% |
(15.000-20.000] |
17,20% |
350,68 |
56,95 |
96,08% |
(20.000-25.000] |
10,44% |
356,50 |
67,40 |
97,67% |
(25.000-30.000] |
6,55% |
358,17 |
86,38 |
98,13% |
(30.000-35.000] |
4,59% |
357,86 |
107,53 |
98,04% |
(35.000-40.000] |
3,20% |
359,36 |
122,16 |
98,45% |
(40.000-45.000] |
2,07% |
360,33 |
144,60 |
98,72% |
(45.000-50.000] |
1,37% |
359,97 |
167,74 |
98,62% |
(50.000-55.000] |
1,00% |
361,21 |
169,13 |
98,96% |
(55.000-60.000] |
0,74% |
361,74 |
162,34 |
99,11% |
>60.000 |
2,62% |
360,16 |
289,29 |
98,67% |
Total |
100,00% |
291,1 |
63,70 |
79,74% |
Analizando
Ø Las retribuciones
más bajas están asociados a tasas de ocupación de la jornada laboral anual
también bajas. Se comprueba que para los niveles retributivos anuales más bajos
el factor determinante es la baja tasa de ocupación anual.
Ø Así se tiene que,
para aquellos trabajadores con retribuciones anuales inferiores a 5.000 euros,
un 17% del total poblacional, la jornada anual media en
Ø Para aquellos cuyas
retribuciones están comprendidas entre 5.000 y 10.000 euros al año, un 15% del
total de la población,
Ø Como se observa en
los datos del punto anterior, el incremento de la retribución anual, entre un
tramo y otro, queda explicado esencialmente por el incremento de las jornadas
laborales trabajadas.
Ø En los tramos
más altos de retribución anual la jornada laboral anual tiende a ser
constante, cerca de los 365 días de alta, y es
Ø Por ejemplo, en el
tramo retributivo entre 30.000 y 35.000 euros al año –un 4,6% del colectivo- el
número medio de días en alta es de 357 con una Retribución/día media de 107,4 euros, mientras que para el
correspondiente a salarios anuales comprendidos entre 40.000 y 45.000 –un 2% de
la muestra- los valores son 360 días y 144,3 euros.
Ø Como referencia
final, si se toma el tramo de retribución más alto, a partir de 55.000 euros
anuales -un 3,37% del conjunto a estudio- se tiene un promedio de 360 días de
ocupación y una Retribución/día media de 261 euros.
A la vista de los datos anteriores se puede concluir
que el número efectivo de días
trabajados a lo largo del año es una variable fundamental a la hora de explicar
la distribución salarial anual para el conjunto de la población.
Dado
que se conoce
Como ejercicio teórico y bajo el supuesto
de que
Bajo el
supuesto anterior la retribución media anual de la población a estudio sería de
25.198 euros en lugar de 18.540, lo que supondría un incremento del 36%. Por
tanto, se puede concluir que la ocupación de ese 20% de jornada laboral anual
que queda vacante supondría un incremento de la retribución media del orden de
un 36%.
La
diferencia entre ambos conjuntos, real y simulado, se observa claramente en el
Gráfico 3, poniéndose de manifiesto la importancia de tener en cuenta la
fracción efectiva de ocupación de la jornada anual.
La
distribución simulada al homogeneizar la tasa de ocupación anual (tomando el
100% para todos los trabajadores de la muestra) pone de relieve, por
comparación con la distribución real, la importancia que tiene el hecho de que
los trabajadores de la muestra tengan tasas de ocupación diferentes entre sí, e
inferiores al máximo potencial.
Gráfico 3.
Distribución de
Por
tanto, la forma “peculiar” de la distribución de la variable retribución anual
no se puede explicar adecuadamente si no se tiene en cuenta el efecto de la
fracción efectiva de ocupación de la jornada anual.
Como se
observa, la distribución de ambos grupos difiere notablemente en aquellos
tramos de retribuciones medias más bajas, y van confluyendo a medida que éstas
van creciendo, precisamente en aquellos tramos de retribución media anual que
tienden a una tasa de ocupación próxima la 100%. La distribución teórica se
aproxima a una distribución del tipo lognormal;
y tiene, por tanto, un único valor modal.
En este
apartado se analiza la distribución del colectivo en función de la retribución
diaria de cada uno de los trabajadores del colectivo analizado. De esta manera
se obtiene la distribución del colectivo teniendo en cuenta únicamente la
retribución media diaria de forma independiente de la fracción de ocupación.
Gráfico 4. Distribución de las Retribuciones salariales medias diarias
De los datos
analizados se concluye que:
Ø El 50% de la
muestra tiene una retribución diaria media entre 30 y 60 euros. La mayoría del
colectivo se encuentra concentrado en esa franja retributiva.
Ø Las retribuciones
medias diarias más altas no se corresponden necesariamente con las tasas de
ocupación más altas.
Ø Los tres primeros
tramos de la tabla se caracterizan por una retribución media anual inferior al
SMI de 2008 que se podría explicar en base a trabajos a jornada parcial y/o a
una gran rotación de estos trabajadores.
Ø Como se puede ver,
esta distribución coincide con la forma que tiene la distribución de las
retribuciones medias anuales simulada –Gráfico 2-; de hecho, es la misma
distribución pero obtenida desde una perspectiva diferente.
Ø En ambos casos se
descuenta el efecto provocado por las diferencias en las tasas de ocupación
anual obteniéndose una distribución del tipo lognormal.
En este
apartado se analiza, en función de la información disponible, distintas
alternativas de cálculo de una retribución anual media que sea representativa
del colectivo estudiado. Se definirán de forma teórica las distintas propuestas
de cálculo así como las equivalencias que existen entre ellas, para
posteriormente aplicarlas al colectivo estudiado en este trabajo.
Supóngase
que C={1,2,3....,i,....N} es el
conjunto de elementos de la muestra a estudio, cada uno de ellos es un
trabajador en las condiciones definidas en el contexto de este estudio, que
queda caracterizado por el par {Ri,Di},, donde:
§ Ri es
§ Di es el
número de días totales en alta (Di) de ese mismo trabajador a lo largo del ejercicio a
estudio.
Utilizando
el par {Ri,Di}, se pueden definir diferentes medidas
representativas para el valor de la retribución anual media del conjunto.
Definición 1
Una primera aproximación a la retribución anual media del
colectivo es la obtenida como media aritmética del conjunto de las
retribuciones anuales de los elementos del mismo, es decir, calcular la media
aritmética del siguiente conjunto {R1, R2, R3,....,
RN} y que quedaría definida como:
Rmedia = =
(1)
Por
tanto en Rmedia se verifica que todos
los trabajadores contribuyen de igual manera independientemente del tiempo
efectivo que hayan estado en alta, con lo que no se tiene en cuenta la
información aportada por la variable Di. Dado que se dispone del número de días
en alta, Di , si se incorpora esta información al cálculo del
Definición 2
Una
posibilidad es utilizar la retribución media diaria de cada trabajador para,
tomándola como base, calcular la retribución anual de cada trabajador si este
estuviese de alta los 365 días del año.
De esta
manera se eleva la retribución media diaria de cada trabajador al año completo,
obteniéndose así un conjunto de retribuciones homogéneas (todos los
trabajadores están en alta los 365 días del año) sobre la que se puede calcular
una media aritmética.
Para
ello en primer lugar se define la retribución elevada al año para cada
individuo de la muestra de forma natural como:
ri = Retribución media por día en alta del i-ésimo trabajador
elevando al
conjunto del año se tendría:
RSi = ri =
(2)
y se obtiene así un
conjunto de retribuciones elevadas {RS1,
RS2,..., RSN} sobre el que se calcula la media aritmética:
RSmedia = (3)
donde RS = sería la
retribución simulada para el total del conjunto a estudio.
Si se
tiene en cuenta que la media de
r =
y operando sobre la
relación (3) se puede concluir que:
RSmedia = (4)
En
conclusión, RSmedia sería el
resultado de elevar al año completo la retribución diaria media del conjunto de
la muestra. Esta media es la que se obtiene en el apartado sexto de este
trabajo: “Simulación bajo el supuesto de
tasa completa de ocupación”
Definición
3
Otra
posibilidad es definir la retribución anual media del conjunto como el cociente
entre la masa salarial total (la retribución total anual del conjunto) y el
número efectivo de trabajadores presentes en el año, esto es:
RM = (5)
El
número efectivo de trabajadores (Neff)
se calcula teniendo en cuenta la fracción
del año que ha trabajado cada uno de ellos,
de tal forma que
si ha trabajado el año entero ese trabajador contribuye como una unidad
completa y, sino, con la fracción del año que le corresponda.
Como,
por definición, Di es un entero entre 1 y 365, se tiene que:
Ti ϵ y por tanto Ti
NET =
Donde es número medio
de días en alta laboral para el conjunto del colectivo (un número real), por
tanto se puede escribir:
]
por lo tanto, Neff =
Apoyándose
en las expresiones anteriores, se puede poner:
RM = =
]
Puesto
que es la
retribución media anual del colectivo, Rmedia,
definida en la ecuación (1) y como T=
es la fracción del año media en alta para el
colectivo, se tiene que:
RM = Rmedia (6)
Por
tanto, RM es la media aritmética de
las retribuciones del conjunto, ponderado por el inverso de la fracción de
ocupación media para el total del colectivo.
Como T
= se tiene que RM
Rmedia la retribución media calculada usando el
número efectivo de trabajadores (Neff)
es siempre mayor o igual que la media aritmética de las retribuciones anuales;
coincidirían si y sólo si
fuese igual a
365, lo que significaría que todos los trabajadores estarían en alta todos y
cada uno de los días del año.
Definición 4
También
cabe definir la retribución anual media del colectivo a través de una serie del
tipo siguiente:
SM = (7)
verificándose que:
§ es un coeficiente de
ponderación para cada elemento de la muestra que recoja la mayor o menor
presencia del mismo en el curso del año, verificando que:
=1,
§ El factor (es la retribución anual elevada al año para cada
elemento del colectivo.
El
factor de ponderación que cumple las condiciones exigidas viene dado por:
de tal forma que
pondera a cada trabajador en función del peso que tiene en el total de los días
trabajados, así pues:
§ Aquellos
trabajadores que han estado todo el año en alta laboral contribuyen al valor de
SM con su retribución anual elevada en un factor βmax=
§ Los que han
trabajado únicamente un día, mínimo valor posible de Di, contribuyen a SM con
su retribución anual elevada ponderada por
βmin=
Operando de forma
muy sencilla la expresión de SM se obtiene:
SM= Rmedia (8)
o lo que es igual:
SM = RM
Por
tanto las definiciones tercera y cuarta, tal y como se han definido, son
equivalentes entre sí. Ambas corrigen al alza a
Relación
entre RSmedia y RM
Por
último, quedaría por estudiar qué relación existe entre RSmedia y RM (o SM)
para así poder analizar de qué factores dependen los distintos valores que se
van a obtener en cada una de esta magnitudes. Como se ha visto anteriormente,
RSmedia y RM están definidas por:
RSmedia =
RM = Rmedia
Desarrollando
estas expresiones y apoyándose en las definiciones antes expuestas se puede
concluir que:
RSmedia = () RM (9)
donde es el producto entre el número de días medios en alta y
la media aritmética de la retribución diaria del conjunto.
Si se desarrolla el
factor () se observa que también puede expresarse como:
]
[
]=
donde:
]
r´ es una retribución media diaria obtenida como cociente
entre la retribución total del conjunto y el número total de días en alta, que
difiere de r calculado como media
aritmética del conjunto de días medios en alta.
De
forma alternativa se puede demostrar que r´ es la media ponderada de las
retribuciones día con factor de ponderación y que por tanto
también adopta la forma:
r´ =
De la
expresión anterior se deduce que r´ incorpora, a través del factor de
ponderación , los días que ha estado en alta cada trabajador, una
información que la definición de r como media simple de las
retribuciones día no tenía en cuenta.
Tomando
la definición de r´ y operando sobre RM se puede demostrar fácilmente que ésta
adopta también la expresión equivalente:
RM =´ (10)
así pues se tiene
que:
RSmedia = ()RM (11)
La
relación entre las tres medidas definidas en este apartado vendría dada por:
RSmedia = () RM = (
)
Rmedia (12)
Como se
puede observar la relación () es el factor clave que relaciona a las distintas
medidas definidas en este apartado entre sí. De hecho, únicamente si se
verifica que Di=365
(todos los
trabajadores están en alta los 365 días del año) se tendría que r = r´ y que T
= 1 y por tanto:
RSmedia = RM = Rmedia (13)
En conclusión se
podría decir que:
§ Únicamente en el
caso de que todos los trabajadores estén en alta los 365 días del año las tres
medidas coinciden entre sí y son por tanto equivalentes.
§ Si se verifica que Di = Dj = < 365
todos los
trabajadores trabajan el mismo número de días,
, pero este es inferior al máximo se cumple que r = r´,
pero T=
<1 y por tanto:
RSmedia = RM < Rmedia (14)
Aplicando
al conjunto de la muestra se obtienen los siguientes valores que se muestran en
la tabla siguiente:
Tabla 4. Resumen de las principales magnitudes definidas aplicadas a la
muestra a estudio.
MCVL-2008 |
|
|
|
Medidas |
Valores |
N |
659.016 |
Rmedia |
18.540 € |
RSmedia |
25.196 € |
RM |
23.250 € |
r |
69,0 |
r´ |
63,7 |
α |
291,1 |
αr |
20.086 € |
T |
0,80 |
Neff |
525.511 |